SEA rechazó recurso de reclamación y confirmó resolución ambiental para plantel San Agustín
La Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) rechazó, de manera categórica, los tres recursos de reclamación interpuestos por Teresita Herrera, Ramón Romo y Jacqueline Abarza, en contra de la decisión adoptada por la Comisión de Evaluación del Maule, que en septiembre de 2019 aprobó el otorgamiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA 225/2019) al proyecto de optimización de sistema de manejo de purines del Centro Productor Porcino San Agustín del Arbolillo, ubicado San Javier, propiedad de la empresa Agrícola Coexca S.A.
El recurso de reclamación fue presentado ante el director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, en Santiago, impugnando la decisión adoptada por la instancia regional, que respaldó la propuesta de Agrícola Coexca S.A., consistente en la incorporación de la última tecnología disponible en mundo para el tratamiento de los purines, en su plantel de cerdos, que permitirá reducir externalidades y convertir a esa unidad en una de las más modernas y sustentables en América Latina.
En una extensa resolución, el SEA desestimó, en forma y fondo cada una de las presentaciones formuladas por los reclamantes, confirmando así que el proyecto cumple con todas y cada una de las disposiones legales y ambientales, tal como lo ha hecho ininterrumpidamente desde el inicio de sus operaciones, en 2017.
En su resolución, el Servicio descartó de plano que las observaciones presentadas durante el proceso de participación ciudadana no hayan sido debidamente consideradas en la decisión adoptada por la Comisión de Evaluación Regional.
Asimismo, desestima los eventuales impactos negativos del proyecto en su operación en distintos ámbitos, como por ejemplo en materia de olores. Al respecto, el organismo precisa que la evaluación técnica, validada por organismos competentes, permite concluir que los muestreos se encuentran en rangos bajo la norma, descartando impacto odorífero que afecten la calidad de vida, la salud de las personas que habitan en las proximidades al plantel y/o en cultivos como las viñas del sector.
También, desestima técnicamente efectos adversos sobre aguas subterráneas y superficiales, sobre el suelo – producto de afluente tratado y residuos sólidos- o afectación sobre otros recursos naturales empleados como sustento económico de la población del lugar, la diversidad biológica, la flora y fauna existente en el área.